Puntos clave de la nueva ley de circulación
Desde Riesgo Cero queremos informar de una modificación legal relevante que afecta directamente a la gestión aseguradora de las flotas de vehículos.
El pasado 25 de julio se publicó en el BOE la Ley 5/2025, que actualiza el marco del Seguro Obligatorio de Automóviles (S.O.A.), en línea con la Directiva Europea (UE) 2021/2118.
Esta normativa entró en vigor el 2 de enero de 2026 y amplía de forma significativa el número de vehículos que deberán contar con S.O.A.
¿Qué cambia?
A partir de esa fecha, estarán obligados a disponer de S.O.A. los siguientes vehículos, siempre que cumplan los requisitos técnicos de peso y velocidad establecidos en la norma:
- Vehículos industriales y agrícolas: carretillas, tractores, grúas, barredoras, etc.
- Remolques y semirremolques, excepto los de menos de 750 kg.
- Vehículos personales ligeros (VPL): patinetes eléctricos, maquinaria autopropulsada, etc.
- Ciclos con propulsión auxiliar que superen los 25 km/h.
- Barredoras y vehículos similares que tengan un peso neto superior a 25 kg y una velocidad máxima superior a 14 km/h o superen los 25 km/h de velocidad máxima.
Además, se amplía el concepto de “hecho de la circulación”, de modo que la responsabilidad del conductor y del propietario puede existir incluso con el vehículo parado, siempre que esté cumpliendo su función como medio de transporte.
Es recomendable revisar la flota con antelación, identificar los vehículos potencialmente afectados y adaptar las coberturas para evitar responsabilidades no previstas a partir de 2026.
Desde Riesgo Cero quedamos a disposición para analizar cada caso concreto y ayudar a anticiparse a estos cambios normativos.
En este enlace encontrarás los aspectos más importantes de la nueva normativa.
Desde Riesgo Cero quedamos a su disposición para analizar su situación concreta y ayudarle a anticiparse a estos cambios normativos. Contáctanos hoy mismo y analizaremos tus vehículos, pólizas y riesgos para que cumplas la normativa y evites sanciones o sobrecostes.
