Claves de un Seguro para Directivos (D&O)
En la actualidad nos encontramos con que cada vez más habitualmente se buscan los cauces legales para la resolución de conflictos de ámbito profesional.
En las entidades, la toma de decisiones por parte de la Junta de Gobierno y/o directivos afectan a la marcha de la entidad y otros pueden sentirse o no cómodos con dichas decisiones.
Nos hemos encontrado con la problemática de que reclamaciones que antes se hacían sólo a la Entidad ahora se interponen también a título particular (presidente, gerente, director…).
Si nos encontrásemos en una de estas situaciones, deberemos contratar a un abogado que nos ayude en el proceso legal de dicha reclamación y por tanto prospere o no ya habremos incurrido en unos gastos.
Cualquier Administrador o Directivo responde ante una reclamación con su patrimonio personal (su dinero, sus ahorros, etc.) por los perjuicios causados en el ejercicio de sus funciones.
¿Qué es el seguro de D&O?
La póliza de seguro D&O (del inglés Directors & Officers, denominada así por su origen en EEUU) es un contrato de seguro especialmente diseñado para cubrir las posibles responsabilidades civiles derivadas de actos que los administradores y/o directivos puedan generar en el ejercicio de su cargo.
Se trata de un seguro de Responsabilidad Civil que protege a los miembros del órgano de administración de una sociedad, y a las personas de la sociedad que ostentan cargos de responsabilidad y cuyas decisiones comprometen a la entidad frente a terceros.
Las pólizas las contratan y pagan las entidades, sin embargo, protegen el patrimonio personal de sus Administradores y Cargos Directivos.
¿Para qué la D&O y A quién protege la D&O?
Las pólizas de D&O se contratan para cubrir la responsabilidad civil de los miembros de la Junta de Gobierno y directivos por los daños causados en el ejercicio de sus funciones.
La D&O garantiza la protección del patrimonio personal de los miembros de la Junta de Gobierno y directivos ante reclamaciones de terceros.
Un seguro de D&O sirve fundamentalmente para soportar los gastos de defensa y salvaguardar el patrimonio personal de los miembros de la Junta de Gobierno y directivos y las posibles indemnizaciones a que sean condenados por los tribunales como consecuencia de la realización de un acto incorrecto, ya sea por acción u omisión, que origine a la exigencia de responsabilidad y les sea exigida a éstos por la propia sociedad, los socios o terceros.
La póliza de D&O es la única protección eficaz ante estas reclamaciones que pueden ser presentadas por la sociedad, accionistas, empleados, acreedores y organismos públicos, entre otros.
¿Conoces como administrador, cuáles son tus deberes?
- Actuar diligentemente: La ley exige que el administrador debe dirigirse con la diligencia de un ordenado empresario y un representante leal, y tiene el deber de secreto sobre la información sensible de la sociedad incluso después de haber cesado en su cargo.
- Actuar lealmente: Según la ley el administrador está obligado a actuar de buena fe y orientado por aquello que resulte más favorable para la sociedad que administra, y no ejercitar sus facultades con fines distintos de aquellos para los que le han sido concedidas.
- Evitar el conflicto de intereses: El administrador se obliga a no realizar operaciones con la sociedad para su beneficio personal, no utilizar el nombre de la sociedad para influir en operaciones privadas, ni obtener ventajas ni remuneraciones de terceros, etc.
De su actividad como administrador, se pueden derivar distintos tipos de responsabilidades:
- Objetiva: ART 367 LSC Responsabilidad Solidaria de los Administradores. Si soy administrador único no comparto mi responsabilidad y si hay varios directivos mi patrimonio puede verse afectado por la decisión de otros directivos.
- Subjetiva: ART 236 LSC Extensión subjetiva de la Responsabilidad. La culpabilidad se presumirá, salvo prueba en contra, cuando el acto sea contrario a la ley o los estatutos sociales. Aunque estés haciendo tu labor como directivo bien puede haber terceros que no piensen igual y te reclamen.
Personas Aseguradas
- Administradores y Directivos presentes, pasado y futuros.
- Cónyuges y parejas de hecho de los mismos, herederos, representantes legales (para que nunca tengan que responder con sus bienes por deudas de la sociedad).
- Los empleados de la sociedad cuando realicen actividades de supervisión.
- Los administradores en Sociedades Filiales, Externas o Participadas.
- Persona vinculada, fundador de la sociedad, etc.
¿Quién puede reclamarte?
- La propia sociedad (acción social Art. 238 LSC).
- Accionistas mayoritarios/minoritarios.
- Acreedores sociales (Art. 236 LSC).
- Organismos Públicos y Entidades Reguladoras (CNMV, CNMC, Banco de España, DGS, etc.).
- Competidores, proveedores, liquidadores.
- Cualquier otro tercero que alegue negligencia.
Protege tu patrimonio personal y evita riesgos innecesarios como directivo. Si tomas decisiones que impactan a la empresa, un seguro D&O es tu mejor aliado frente a posibles reclamaciones legales.
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